@Audioley Leyes, Jurisprudencia y Doctrina Internacional en formato Audiolibro #Podcast
07 Marzo 2021
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Fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre el Esequibo 18-12-2020 en Español Traducción Libre @RaymondOrta
Fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre el Esequibo 18-12-2020 en Español Traducción Libre Raymond Orta
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18 DICIEMBRE 2020
JUICIO
LAUDO ARBITRAL DE 3 DE OCTUBRE DE 1899
SENTENCE ARBITRALE DU 3 OCTUBRE 1899 (GUYANA c. VENEZUELA)
18 DÉCEMBRE 2020
ARRÊT
TABLA DE CONTENIDO
Párrafos
CRONOLOGÍA DEL PROCEDIMIENTO 1-22
I. INTRODUCCIÓN 23-28
II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS Y HECHOS 29-60
A. El Tratado de Washington y el Laudo de 1899 31-34
B. El repudio de Venezuela al Laudo de 1899 y la búsqueda de
una solución de la controversia 35-39
C. La firma del Acuerdo de Ginebra de 1966 40-44
D. La aplicación del Acuerdo de Ginebra 45-60
1. La Comisión Mixta (1966-1970) 45-47
2. El Protocolo de Puerto España de 1970 y la moratoria establecida 48-53
3. Desde el proceso de buenos oficios (1990-2014 y 2017) hasta la toma de
la corte 54-60
III. INTERPRETACIÓN DEL ACUERDO DE GINEBRA 61-101
A. La "controversia" en el marco del Acuerdo de Ginebra 64-66
B. Si las Partes dieron su consentimiento al arreglo judicial de la
controversia en virtud del párrafo 2 del artículo IV del Acuerdo de Ginebra 67-88
1. Si la decisión del Secretario General tiene carácter vinculante 68-78
2. Si las Partes consintieron en la elección del Secretario General
de arreglo judicial 79-88
C.Si el consentimiento otorgado por las Partes al arreglo judicial de
su controversia en virtud del párrafo 2 del artículo IV de las
El acuerdo está sujeto a las condiciones 89-100
IV. JURISDICCIÓN DEL TRIBUNAL 102-115
A. La conformidad de la decisión del Secretario General de 30 de enero
2018 con el artículo IV, párrafo 2, del Acuerdo de Ginebra 103-109
B. El efecto jurídico de la decisión del Secretario General de 30 de enero
2018110-115
V. SEISIN DE LA CORTE 116-121
VI. ALCANCE DE LA JURISDICCIÓN DEL TRIBUNAL 122-137
CLÁUSULA RESOLUTIVA 138
Traducción Raymond Orta Martinez -
Inteligencia Artificial y Derecho Panel - Parte 2 - 1ra. Conferencia INVEDET 2020
Inteligencia Artificial y Derecho
Audio 2 de la I Conferencia del Instituto Venezolano de Derecho y Tecnología INVEDET
Invedet Encuentro Internacional 2020
Contenido
Panel 2 – Moderador: Luis Ernesto Rodríguez Carrera
Juan José Bolinaga – “Con la Inteligencia Artificial ¿los buques continuarán siendo buques?”
María Alejandra Ruiz – “Consideraciones sobre la Inteligencia Artificial y arbitraje”
Luciana B. Scotti – “La implementación de la inteligencia Artificial en el proceso judicial (Perspectiva del derecho argentino en general y del DIPr en especial)”
Teresa Rodríguez De Las Heras – “Repensando las reglas de la responsabilidad ante la Inteligencia Artificial: una visión europea”
Preguntas y respuestas -
Inteligencia Artificial y Derecho Panel - Parte 1 - 1ra. Conferencia INVEDET 2020
Inteligencia Artificial y Derecho #ia
Audio 1 de la I Conferencia del Instituto Venezolano de Derecho y Tecnología INVEDET
Invedet Encuentro Internacional 2020
Contenido
Raymond Orta Martínez – Presentación del INVEDET y bienvenida a la Conferencia
Panel 1 – Moderador: Mario Andrés Brando
Daniel Hernández Torres – “El concepto jurídico de la Inteligencia Artificial y la persona electrónica”
Diego Fernández – “Una visión global de los desafíos de la inteligencia artificial, con una mirada desde la Argentina”
Fabrício Pasquot Polido – “Inteligencia Artificial y Derecho (perspectiva brasileña)”
Maiger Dalay Urbina – “Inteligencia Artificial y el Derecho Internacional Público: ¿paz o pugna?”
Ninoska Rodríguez Laverde – “Propiedad intelectual, transferencia de conocimiento e inteligencia Artificial”
Preguntas y respuestas -
Providencia 016 sobre Normas SUSCERTE sobre modelo de Certificación Electrónica de la Ley Mensajes de Datos y Firmas Electronicas
Providencia Nº 016, por la cual se establecen las Normas Técnicas bajo las cuales esta Superintendencia, coordinará e implementará el modelo jerárquico de la Infraestructura Nacional de Certificación Electrónica, para que los Proveedores de Servicios de Certificación Acreditados, emitan los certificados electrónicos en el Marco del Decreto Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas
(Gaceta Oficial Nº 38.636 del 2 de marzo de 2007)
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática
Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica
Fecha: 05 de febrero de 2007
Nº 016
196º y 147º
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA -
Providencia Nº 009-10, mediante la cual se dicta la normativa de clasificación y tratamiento de la información en la Administración Pública
Providencia Nº 009-10, mediante la cual se dicta la normativa de clasificación y tratamiento de la información en la Administración Pública
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Ley sobre Acceso e Intercambio Electrónico de Datos, Información y Documentos entre los Órganos y Entes del Estado
Ley sobre Acceso e Intercambio Electrónico de Datos, Información y Documentos entre los Órganos y Entes del Estado
(Gaceta Oficial N° 39.945 del 15 de junio de 2012)
Decreto N° 9.051 15 de junio de 2012
HUGO CHAVEZ FRÍAS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación del Estado venezolano, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el numeral 2, literal b del artículo 1° de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, en Consejo de Ministros,
DICTA
El siguiente,
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY SOBRE ACCESO E INTERCAMBIO ELECTRÓNICO DE DATOS, INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS ENTRE LOS ÓRGANOS Y ENTES DEL ESTADO
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Objeto
El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto establecer las bases y principios que regirá el acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos entre los órganos y entes del Estado, con el fin de garantizar la implementación de un estándar de interoperabilidad. -
Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la Garantía de los Derechos Humanos Venezuela
Audio Cortesia de Audio Ley punto Com
Derechos Reservados Raymond Orta
experticias ounto com y informatica forense punto com
Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la Garantía de los Derechos Humanos
Gaceta Oficial Nº 6.583 Extraordinaria del 12 de octubre de 2020
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
La Asamblea Nacional Constituyente de la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio de las facultades previstas en los artículos 347, 348 y 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al mandato otorgado el treinta de julio de dos mil diecisiete en elecciones democráticas, libres, universales, directas y secretas por el Pueblo venezolano como depositario del poder originario.
DECRETA
la siguiente,
LEY CONSTITUCIONAL ANTIBLOQUEO PARA EL DESARROLLO NACIONAL Y LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS -
Covid 19 y Derecho Penal venezolano // Autor: Dra Juditas Delany Torrealba @satiduj
Existe una amplia gama de situaciones que pueden construir un puente comunicante entre el Derecho Penal y el COVID 19, aspectos que de manera concreta trataré de abordar en este escrito para que se pueda entender el alcance que, en el Derecho, específicamente en el penal tiene la existencia de una pandemia.
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Tips Para Promover Pruebas Sobre Mensajes De Datos tipo Correo Electrónico AudioLey.com @RaymondOrta
Audio del artículo: Tips Para Promover Pruebas Sobre Mensajes De Datos tipo Correo Electrónico AudioLey.com @RaymondOrta
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Satoshi Nakamoto y la legislación venezolana sobre firmas electrónicas AudioLey.com
Audio del Artículo: Satoshi Nakamoto y la legislación venezolana sobre firmas electrónicas
Categoría Derecho Informático
Publicado: el 05 de Junio 2018 por Raymond Orta Martínez, Abogado Especialista en Derecho Procesal UCV, Especialista en Tecnologías UNE, Perito en Informática Forense
InformaticaForense.Com
Leyes
- Año: Leyes
- Visto: 2300
Resolución N° 044, mediante la cual se establecen los lineamientos para la formulación de planes, programas, proyectos y acciones para la propuesta de los sistemas de transporte terrestre y la creación de la Comisión Técnica Coordinadora para los Sistemas de Transporte Masivo
Gaceta Oficial N° 39.699 del 20 de junio de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPPORTE Y COMUNICACIONES
DESPACHO DEL MINISTRO
CONSULTORÍA JURÍDICA
NÚMERO: 044
CARACAS, 18 DE MAYO DE 2011
201° y 152°
RESOLUCIÓN
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 16 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, 77 numerales 1, 2, 5, 13, 15, 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y 1, numerales, 1, 7, 8 y 10 del Decreto 8.121 de fecha 29 de marzo de 2011, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.644 de la misma fecha, en concordancia con lo previsto en los artículos 2, 5, 13 y 17 de la Ley de Transporte Terrestre.
- Año: Leyes
- Visto: 2935
Gaceta Oficial N° 39.713 del 14 de julio de 2011
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DEL BANCO AGRÍCOLA DE VENEZUELA, C.A.
Leer más: Ley del Banco Agrícola de Venezuela, C.A: Gaceta 39713: 2011 - Texto
- Año: Leyes
- Visto: 3896
Gaceta Oficial N° 39.727 del 3 de agosto de 2011
Instructivo para el Otorgamiento de Créditos para Autoconstrucción, Ampliación o Mejoras de la Vivienda Principal
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HÁBITAT
DESPACHO DEL MINISTRO
CONSULTORÍA JURÍDICA
NÚMERO: 121
CARACAS, 02 DE AGOSTO DE 2011
201° y 152°
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 60 y 77, numerales 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; el artículo 6, numerales 1, 2 y 8, artículos 56 y 28 numeral 2, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 60 y 90 ejusdem.
- Año: Leyes
- Visto: 8662
Gaceta Oficial 39.743 del 25 agosto 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA N° 196
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA N° 018940
201°, 152° y 12°
FECHA: 11 de agosto de 2011
RESOLUCIÓN CONJUNTA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 55, 132, 136, 156, numerales 2, 7 y 33; 324, 328 y 332 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones previstas en el artículo 77, numerales 2, 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; en concordancia con lo establecido en los artículos 16, 18 y 20 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación; 2, 4 y 10 de la Ley para el Desarme; 11, de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; 18, 19 y 22 del Decreto con Fuerza de Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana; 5, de la Ley de Transporte Terrestre; 402 y 403 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre; 3, numerales 1 y 2, 13, numerales 1, 2 y 3 del Reglamento N° 1 relativo a la Organización y Funcionamiento del Consejo de Seguridad Ciudadana, la Coordinación Nacional y las Coordinaciones Regionales de Seguridad Ciudadana; 10, numerales 1 y 9 del Decreto Sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional; 3, numerales 1, 2, 3 y 13 del Decreto N° 8.121 de fecha 29 de marzo de 2011 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.644 de la misma fecha; 1 y 3, numeral 11 del Decreto N° 8.211 de fecha 13 de mayo de 2011 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.673 de la misma fecha mediante el cual se crea la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y el Desarme,
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